Sueldos Públicos conversa con tres empresarios del sector, pero tienen miedo a revelar su identidad, pese a que la sanción con frecuencia queda anulada

​La formación bonificada: un derecho de los trabajadores que se convierte en multa millonaria imposible de pagar con la nómina

Las cartas ‘asustaviejas’ del SEPE y la Inspección de Trabajo exigen devolver 420 euros o hasta 6.251 euros por cada grupo formativo en caso de infracción grave


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Samuel, nombre ficticio, lleva 12 años en el sector de la formación de empresas. Sus principales clientes están en Andalucía. Estuvo un año sin dormir, su matrimonio se tambaleó. Ansiedad, psicólogos, incertidumbre. No sabía si le podían quitar la casa o acabar en la cárcel. Aunque el asunto quedó en nada, hace años le llegó una notificación de la Inspección de la Tesorería de la Seguridad Social (ITSS) que le exigía abonar, por una infracción grave*, hasta un máximo de 6.251 euros por cada grupo formativo que había impartido en su academia de formación.


Gestiona hasta 164 grupos, por lo que la cuantía demandada por la Administración podría alcanzar el millón de euros por supuestas irregularidades en los cursos de formación bonificada. La Administración Pública estuvo tres años pidiéndole documentos, como si fuera un delincuente, de malas maneras. “Los funcionarios te meten miedo y presión desde el primer día, te amenazan con cerrar tu empresa. Estuve un año sin pegar ojo porque se demoró la notificación que confirmaba que podía estar tranquilo. El correo electrónico informando de que todo estaba en orden no llegaba por un olvido,” reconoce Samuel.


El empresario también tiene otra carta, muy común en el sector, en esta ocasión del SEPE, el Servicio Público de Empleo Estatal, convertida en Agencia Estatal desde hace unos días cuando se aprobó la nueva Ley de Empleo. En 2018 le reclamaron 420 euros por unos cursos de formación bonificada. Tuvo 10 días para alegar. Recibió una segunda carta a los tres meses. El asunto lleva un año parado. Como el SEPE no ha conseguido cobrar, el expediente pasó a la Inspección de Trabajo, que levantó un acta de liquidación provisional, con un 20% de recargo sobre la cantidad solicitada.


A partir de ese momento, existe la posibilidad de reunirse con el inspector y aportar más pruebas y documentación que demuestra que no has cometido una irregularidad. La Inspección traslada el expediente a la Tesorería de la Seguridad Social. (Hasta este momento, la empresa no es deudora). Entonces, el afectado tiene hasta el último día del mes siguiente para abonar las cantidades demandadas, pero el recargo ha subido al 35%. De lo contrario, ya eres un deudor de la Seguridad Social.


Samuel sostiene que el SEPE no analiza las cartas correctamente. “No hay derecho a defenderme, el SEPE no argumenta las motivaciones por las que se me reclama un dinero. Cuando pasa el expediente al funcionario, este actúa como mero recaudador, no tiene obligación de dar una explicación, y de ahí la posible indefensión del ciudadano”, afirma.


Responsables políticos

¿Y quién es el responsable político último que maneja todos estos hilos? El actual director general del SEPE, Gerardo Gutiérrez Ardoy, cobró casi 100.000 euros brutos el año pasado. Según el Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado, ingresó 99.636 euros, incluidos nueve trienios de antigüedad. No obstante, el BOE señala que un alto cargo con rango de director general tenía una retribución asignada de unos 61.000 euros el año pasado. Es decir, alrededor de 38.000 euros proceden, en su mayoría del complemento de productividad que concede el titular del departamento, en este caso, Yolanda Díaz, y el resto, se debe a la antigüedad. Por su parte, la directora del Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Carmen Collado Rosique, percibió 100.272 euros, incluidos 11 trienios. También percibió plus de productividad.


Cartas ‘asustaviejas’

Desde hace años, la Asociación Formación y Empresa (AformaE) viene informando, denunciando y asesorando a sus asociados sobre unas prácticas poco ortodoxas por parte de las delegaciones provinciales de la ITSS. Antes de Navidad, se enviaron miles de cartas anónimas en papel, ‘cartas asustaviejas’ según la opinión de empresarios del sector, fechadas el 19 de diciembre de 2022, a las mercantiles que bonificaron formación en el ejercicio 2019. La ITSS dice en estas cartas que ha recibido un expediente procedente del SEPE, por la aplicación indebida de bonificaciones en materia de Formación Profesional para el Empleo correspondientes a 2019. La Asociación explica en su web que la ITSS comunica a la empresa que debería haber aportado antes del 31 de enero el justificante bancario acreditativo de haber ingresado en la cuenta del SEPE, la cuantía correspondiente a la suma del importe de lo indebidamente bonificado y el 20% del recargo. (Imagen inferior).


A carta inspección 2022

Carta del SEPE reclamando 850 euros más el 20% de recargo.


Pese al nerviosismo de autónomos y pequeños empresarios que no saben qué hacer ni cómo actuar, la Asociación les recomienda serenidad y seguir unos pasos marcados por su servicio jurídico para que todo quede en un mero susto, sin rastro alguno de deuda con la Seguridad Social. Su presidente, José Luis García Guglieri, argumenta que “esas cartas se enviaron por correo postal, sin certificar, no estaban firmadas por un responsable de la Administración, no había un domicilio remitente al que contestar, se eludió el derecho de presentar alegaciones e incumplen el procedimiento administrativo del Real Decreto 694/2017 que desarrolla la Ley de 2015 por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral”. Guglieri también reconoce que ese método de enviar cartas sin firmar dio paso a otras misivas de carácter oficial.


La formación en el empleo se financia exclusivamente de los fondos recaudados por el concepto de la cuota de formación que se retiene por cada trabajador por cuenta ajena y a los trabajadores autónomos. Es el 0,10% que te quitan de la nómina más otro 0,6% que aporta la empresa. En total, un 0,7% de la nómina. No genera, por tanto, un incremento de gasto en los Presupuestos Generales del Estado. La recaudación anual por concepto de cuota de formación profesional supera los 2.100 millones de euros. El Estado añade 300 millones en concepto de becas para los desempleados que asisten a las formaciones. Todos los años se generan unos remanentes de unos 900 millones de euros, que en los últimos años se calcula que suman una cantidad cercana a los 6.000 millones de euros. Es dinero que sobra, no se gasta.


Una de las propuestas de AformE, que trasladó a los Grupos Parlamentarios Popular y Vasco en el Congreso de los Diputados es que los trabajadores autónomos también puedan disponer de un crédito de 420 euros anuales para recibir formación bonificada. Ningún grupo parlamentario recogió el guante. PP y PNV sí registraron la enmienda, que luego fue rechazada. Tampoco en el Senado. Concretamente, el objetivo era modificar una disposición adicional sobre la financiación de la formación profesional para el empleo. De esta manera, las empresas de uno a cinco trabajadores, así como los trabajadores autónomos, dispondrían de un crédito de bonificación por empresa o por trabajador autónomo de 420 euros anuales, en lugar de un porcentaje. Hasta ahora, en la redacción original, se omitía al colectivo de los autónomos. 


Nada de esto se ha incluido ni en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 ni en la recién aprobada Ley de Empleo. Sin ir más lejos, hace dos semanas, la Cámara Alta dio luz verde la mencionada norma sin más enmiendas que las de carácter técnico. Para AformaE, el 0,10% que te quitan de la nómina para formación bonificada o continua debe seguir destinado solo para eso y no para otra cosa. “No puede destinarse a otros fines, sería como un impuesto al empleo, señala Guglieri”.


Inspecciones del SEPE y la ITSS

Por cada ejercicio, el SEPE envía más de 80.000 cartas a otras tantas empresas solicitando la devolución de las cantidades bonificadas por concepto de formación en el empleo, aduciendo unas irregularidades de dudosa calificación jurídica, tal y como avanzó ABC la semana pasada. Las empresas presentan alegaciones a estas cartas, de las que se estiman unas 30.000. O bien la empresa paga lo que reclaman, quedando otras 50.000 desestimadas, en medio de un curce de competencias entre dos entidades de la Administración General del Estado.


En la mayoría de los casos, las empresas vuelven a presentar alegaciones a las actas de liquidación de la ITSS que, aduciendo no ser de su competencia dar respuesta a dichas alegaciones, puesto que ya lo hizo el SEPE, procede a dar traslado a la TGSS para que reclame el pago de la devolución. Las empresas se quedan sin respuesta con calificación jurídica como dicta la normativa, en medio de un cruce de competencias entre dos entidades de la Administración.


Multa de 90.000 euros

Gorka, nombre modificado, tiene una empresa de formación en Barcelona desde hace 12 años junto con dos socios más y dos empleados. El año pasado le llegó un requerimiento de la Inspección de la Seguridad Social en el que le pedían documentación sobre 2020: nóminas, proveedores, movimientos bancarios. Tuvo que viajar a Madrid para aportar más documentos. Incluso la Inspección viajó a Barcelona y habló con los empleados. Está obligado a vender los cursos a 150 euros, no a 420 euros. A precio de coste, sin margen con el que poder mantener el negocio. Gorka sabe que no puede venderlos por más de 420. (7,5 euros la hora). La Inspección le exige devolver el importe de todos los cursos vendidos dese 2020 más un 20% de recargo. En total, 504 euros por cada curso. Además de una multa de 90.000 euros que está recurriendo el servicio jurídico de AformaE.


Afortunadamente, el importe de los cursos de los clientes lo han abonado los propios clientes, con el consecuente malestar y pese a que era formación bonificada. Son unos 100.000 euros. Hay empresarios que han hecho ocho cursos, por lo que han tenido que pagar más de 4.000 euros. Sin embargo, Gorka matiza que sobre los clientes que han pagado, probablemente reclamen las devoluciones al final del procedimiento, los 100.000 euros mencionados, vía denuncia, para que el seguro de responsabilidad civil pueda actuar.


Susto de 1,2 millones y luego nada

Marta, nombre modificado, tiene una empresa de formación en Vigo desde 2016. Son cuatro empleados y varios colaboradores autónomos. A mediados de 2017 le llegó una carta de la Inspección de Trabajo en la que decía que su empresa había comercializado “cursos fantasmas”, que no habían sido impartidos y que los clientes se habían embolsado el importe de la formación bonificada. Hablamos de cursos online, donde hay registros documentados de las horas de conexión. Son cursos de 420 euros.


Su empresa factura 80.000 euros anuales, pero la multa, que ha quedado en nada tras una sentencia de un juzgado de Vigo, era de más de 1,2 millones de euros (ver imagen inferior). Sin embargo “hoy en día nos han masacrado”. Son 6.251 euros por un total de 195 acciones formativas entre 2016 y 2017. Los clientes han pagado, pero todavía el SEPE no les ha devuelto el dinero. Marta explica que, pese a la crisis reputacional, ha recuperado a la mayoría de los clientes, porque “ha ido puerta por puerta, cara a cara, explicando la situación, las alegaciones presentadas y demostrar que sí se han hecho los cursos de formación. Me he recorrido media Galicia”, concluye.


Aformae vigo

Vista parcial de la carta que recibió Marta.


El Juzgado de lo Social Número 4 de Refuerzo de Vigo, declaró nula en junio de 2020, la resolución de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de 2018, dejando sin efecto la sanción impuesta.


*Las infracciones muy graves con multa, en su grado mínimo, son de 6.251 a 25.000 euros; en su grado medio, de 25.001 a 100.005 euros, y en su grado máximo, de 100.006 a 187.515 euros.