El Gobierno fija un tope de 500.000 euros de retribución fija, 6,8 veces el salario de Rajoy

Los banqueros 'rescatados' podrán cobrar hasta 56,7 veces el SMI anual

Los directivos de los bancos que hayan recibido apoyo financiero del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) podrán cobrar 500.000 euros, esto es, 56,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), si lo computamos al año.

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Los directivos de los bancos que hayan recibido apoyo financiero del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) podrán cobrar 500.000 euros, esto es, 56,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), si lo computamos al año.

Actualmente, el SMI está fijado en 641,40 euros mensuales, es decir, 8.979,6 euros si computamos 14 pagas al año. El Gobierno ha asegurado que limitará a 500.000 euros el sueldo fijo de los presidentes ejecutivos, consejeros delegados y directivos de las entidades bancarias que hayan sido 'rescatadas' con dinero público. Por lo tanto, la cifra refleja la diferencia entre un Real Decreto y otro.

La retribución propuesta por el Ejecutivo es 6,8 veces el salario actual del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que tras la rebaja del 7,1 por ciento ha quedado establecido en 72.600 euros brutos anuales.

Si hacemos más cálculos, podemos establecer que con 500.000 euros se pueden abonar hasta 1.111 subsidios del Plan Prepara reformado (450 euros al mes si el parado tiene cargas familiares) o 1.253 subsidios de 399 euros.

Cambios en el Real Decreto

El Departamento dirigido por Luis de Guindos ha introducido una disposición final en el nuevo Real Decreto Ley para modificar el texto legislativo aprobado el pasado 3 de febrero, por el que se fijaba un limite máximo de 600.000 euros en el sueldo de la cúpula de las entidades que habían recibido ayudas y de 300.000 para las intervenidas. El borrador con el que trabaja el Gobierno será aprobado este mismo viernes o el próximo, tal y como dijo la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

Esta disposición final supone un paso más en la limitación de sueldos de entidades con ayudas o intervenidas que entró en vigor hace apenas dos semanas, al rebajar el sueldo máximo de estos banqueros a 500.000 euros.

La norma aprobada en febrero establece que las retribuciones variables en entidades con ayudas no pueden superar el 60% del salario fijo. Sólo se permite alcanzar el 100% en el caso de directivos contratados con posterioridad a la ayuda y previa autorización del Banco de España. En la banca intervenida, la cúpula no percibirá retribuciones variables mientras el FROB ostente una participación mayoritaria.

En el caso de fusiones, sólo se aplicarán estas limitaciones si las entidades recibieron financiación pública procedente del denominado FROB-1. La orden ministerial también contempla que el cálculo de las retribuciones máximas percibidas por las cúpulas incluirá todas las remuneraciones, ya sean ejercidas como cargos por cuenta propia o por representación de la entidad.

Además, todos los contratos incluidos en el proyecto de orden ministerial no contendrán previsiones de indemnización por finalización de contrato superiores a las fijadas en el decreto.