Los partidos políticos, obligados a publicar sus cuentas, donaciones y deudas
MADRID (EUROPAPRESS).- El Pleno del Congreso de los Diputados dará este jueves vía libre a la reforma de la Ley de Financiación de los Partidos Políticos que obligará a las formaciones y sus fundaciones vinculadas a publicar sus cuentas, donaciones y deudas. Una vez aprobada, el texto se remitirá al Senado para completar su tramitación parlamentaria.
Esta reforma legislativa, aprobada la semana pasada en la Comisión Constitucional de la Cámara Baja con el único voto en contra de Amaiur, supone una mejora del proyecto de ley que fue aprobado en diciembre por el Gobierno para reducir un 20 por ciento la financiación pública de los partidos políticos.
Y es que, una vez en el Congreso, esta propuesta empezó ampliando el recorte a las subvenciones que reciben las fundaciones vinculadas a las formaciones políticas, como la FAES que preside José María Aznar o la Fundación Ideas del PSOE. Después, durante su debate en ponencia, se aprovechó además para cerrar con amplio acuerdo un conjunto de medidas para reforzar el control de las finanzas de los partidos y sus fundaciones, aplicándoles los mismos principios de la futura ley de Transparencia, que a priori no les afectaría al ser entidades privadas.
Así, una vez que su actividad anual sea fiscalizada por el Tribunal de Cuentas, las formaciones harán públicas sus cuentas en su página web con información sobre su balance económico, su cuenta de resultados y los créditos que tienen firmados con entidades financieros, incluyendo, si es el caso, datos de las operaciones de condonación de deuda.
Se obligará asimismo a los partidos a que, además de enviar cada año al Tribunal de Cuentas un informe global sobre su financiación privada, comuniquen a la institución fiscalizadora cada donación de más de 50.000 euros o de bienes inmuebles que reciban de empresas jurídicas (en los tres meses posteriores a la recepción); a su vez, el Tribunal llevará un registro para comprobar que no se supera el tope anual de 100.000 euros.
Tope a la condonación
Respecto a estas operaciones de condonaciones de deuda, tanto del capital como de los intereses, se acordó también poner un límite anual de 100.000 euros, equiparándolo así al tope fijado para donaciones privadas.
En cuanto a las aportaciones privadas que reciben los partidos, se
amplía el catálogo de empresas que tienen prohibido hacer donaciones a
los partidos: Ya no sólo serán aquellas que tienen contratos en vigor
con la Administración, sino también todas las que compartan órganos de
dirección (las participadas mayoritariamente, sus fundaciones y todas
las del mismo grupo empresarial). Además, ninguna fundación que recibe
subvenciones de la Administración, y ello incluye a las vinculadas a
formaciones políticas, podrá hacer donaciones a un partido.
Sanciones
Otra novedad de la reforma permitirá dotar de capacidad sancionadora al Tribunal de Cuentas, que hasta ahora sólo podía hacer propuestas, generalmente de recorte de subvención, que luego debía ejecutar la Administración. Ahora podrá imponer directamente sanciones en supuestos de falta muy grave.
En los casos de vulneración del límite anual de donaciones privadas (100.000 euros), se impondrá una multa equivalente al doble de la cantidad excedida. Además, se podrá paralizar la entrega de subvenciones al partido que no presente su contabilidad al Tribunal en tiempo y forma.
Respecto de las fundaciones de los partidos, se decidió que, al igual que las formaciones políticas, habrán de someterse a auditoria privada y que el Tribunal de Cuentas podrá fiscalizar todos sus ingresos, y no sólo las donaciones como hasta ahora.
Además, se extiende a las fundaciones la obligación de hacer públicas sus cuentas una vez fiscalizadas y no se descarta que, en próximas reuniones, se les obligue además a comunicar al tribunal cada aportación de persona jurídica que reciban. De entrada, se ha decidido que las fundaciones comuniquen a Hacienda todas las donaciones públicas y privadas que reciben.