La Unión de Militares de Tropa denuncia falta de transparencia y desamparo económico: Nadie sabe el dinero que hay en la “hucha” de los marineros y cómo se ha repartido durante 40 años

​La Armada se niega a explicar el estado actual de un fondo de ayuda económica que se mantuvo vigente entre 1959 y 1999

Se abonaba una cuota voluntaria, descontada en la nómina, para conceder préstamos con bajo interés con el fin de afrontar gastos personales extraordinarios


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Nadie en la Armada quiere explicar a cuánto ascendía el dinero de un fondo voluntario que durante 40 años sirvió de ayuda para gastos personales extraordinarios. Nadie en el Ministerio de Defensa ha explicado, hasta ahora, los motivos por los que ese fondo cambió su naturaleza y quién dio la orden. Con opacidad y oscurantismo, la Armada solo ha explicado a los militares por qué ya no se aceptan nuevas solicitudes por canales internos con un “hasta nueva orden”.


La Unión de Militares de Tropa (UMT) denuncia falta de transparencia y un desamparo económico del personal de la Armada Española. Argumenta que ha formulado varias preguntas, sin respuesta, a través de su Dirección de Asistencia al Personal de la Armada (DIASPER). Las preguntas realizadas por esta Asociación se centraban en la gestión del Fondo de Ayuda Económica al Personal de la Armada (AEP). En un comunicado, la UMT explica que dicho fondo era ofertado al personal de la Armada.


Armada


Según fuentes de la UMT consultadas por Sueldos Públicos, en el Pleno del pasado diciembre del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS), se formuló oralmente una pregunta sobre el estado de ese fondo, cuánto se podía conceder y la justificación. Esa reunión la preside la subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada, que cobró 116.571 euros brutos en 2021, incluidos 14 trienios de antigüedad, tal y como informa el Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado. (Los datos de 2022 todavía no están actualizados).


La respuesta, tanto oral como escrita, no satisface a la UMT ya que el Ministerio de Defensa echa balones fuera y se niega a responder qué cuantía tenía la ‘hucha’ de los marineros en 1999 y cuánto dinero queda ahora. Además, para el Pleno de febrero quieren preguntar quién ordenó modificar las condiciones de ese fondo y los motivos para cambiar su naturaleza y ‘privatizarlo’ a través de una entidad bancaria, el BBVA. El titular de la cartera entonces era Eduardo Serra, en la primera legislatura de José María Aznar.


La propia Armada explica en un texto de la página web del Ministerio de Defensa que lidera Margarita Robles que “desde el 1 de enero del año 1959 hasta el 1 de enero del año 1999 el Personal de la Armada abonaba, con carácter voluntario, una cuota* con la que se constituyó el Fondo de Ayuda Económica al Personal (AEP), con el objeto de implantar un sistema de ayudas económicas en forma de préstamos de bajo interés para hacer frente a gastos personales originados por alguna necesidad de carácter extraordinario”. Estas ayudas podían “ser solicitados por el Personal Militar de la Armada, de los Cuerpos Comunes y por el Personal Funcionario y Laboral al servicio de la Armada, que se encuentre en situación de Servicio Activo o de Reserva y que haya abonado anualmente la cuota AEP que se descontaba voluntariamente en la nómina el mes de enero hasta el año 1999 inclusive”.


El objetivo principal era el de atender “los supuestos que suponen un importante quebranto para la economía familiar” a los que la Armada ha puesto fin. Gracias a varias denuncias de los asociados, fueron informados de la suspensión de las Ayuda Económicas al Personal de la Armada (AEP), así como la no aceptación de nuevas solicitudes, siendo difundida esta medida por canales internos de la Armada a través de las distintas representaciones de Asistencia al Personal de la Armada, con la consigna de “hasta nueva orden”.


Hoy por hoy, la Armada se escuda en la entrada en vigor de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en su naturaleza que se le atribuye privada a sus beneficiarios, los mismos que no han sido parte en negociación alguna ni informados debidamente por parte de su Junta de Acción Social.


Ante esta situación, la UMT ha trasladado a su gabinete jurídico el problema con el objeto de estudiar todas estas circunstancias expuestas en interés de la defensa de sus asociados, los cuales resultan beneficiarios agraviados del fondo AEP suspendido de manera opaca y sin la debida publicidad y transparencia.


Ayuda Económica al Personal de la Armada (AEP)

La página web del Ministerio de Defensa tiene una sección de Ayuda Económica al Personal de la Armada (AEP): préstamos, solicitud de préstamos, convenios de colaboración o convocatorias de ayudas. Uno de los documentos reproduce las primeras líneas del comunicado de la Unión de Militares de Tropa.


Desde el 1 de enero de 1959 hasta el 1 de enero de 1999 el Personal de la Armada abonaba, con carácter voluntario, una cuota con la que se constituyó el Fondo de Ayuda Económica al Personal (AEP) con el objeto de implantar un sistema de ayudas económicas en forma de préstamos de bajo interés para hacer frente a gastos personales originados por alguna necesidad de carácter extraordinario. Al finalizar la aportación indicada en el año 1999, la Dirección de Asistencia al Personal de la Armada (DIASPER**) continúa facilitando esta Ayuda con el remanente de este Fondo hasta que se produzca su extinción. Esta circunstancia es la que quiere profundizar la UMT, porque no sabe los motivos de la extinción de la Ayuda ni la cantidad del remanente actual ni la cuantía que alcanzó hace 24 años, en 1999.


La DIASPER cuenta con la "Junta de Acción Social", que es el órgano responsable de materializar la tutela efectiva de la Administración sobre la gestión de este Fondo. Dicha Junta acepta o rechaza las solicitudes que se reciban, en el bien entendido de que la concesión final de los préstamos es siempre una decisión de la Entidad Bancaria, conforme a los criterios de riesgo que tenga establecidos.


A partir del 8 de junio de 2018, la ayuda consiste en la financiación por el fondo del 100 % de los intereses de los préstamos, así como los gastos de intervención de la póliza originados por la concesión de un préstamo facilitado por el Banco BBVA con el que la Armada ha suscrito los correspondientes acuerdos para esta finalidad. Por lo expuesto, esta ayuda puede considerarse como un préstamo personal con las garantías que establezca el BBVA con el prestatario, aprobando o denegando la operación de acuerdo con sus propios criterios comerciales y de riesgos.


Los préstamos en vigor firmados con anterioridad a esa fecha les siguen siendo de aplicación, hasta su cancelación, las condiciones que estaban vigentes en el momento de su firma. En una operación autorizada para un único beneficiario, podrá incluirse un segundo prestatario solidario, aunque no concurra en él la condición de beneficiario del fondo, siempre que el BBVA así lo apruebe. Los motivos por los que se puede solicitar estos préstamos se mantienen a los supuestos que suponen un importante quebranto para la economía familiar. Sin embargo, se amplían las cantidades máximas que pueden solicitarse en las cuantías que posteriormente se indican y se eleva el período máximo de amortización hasta 80 meses (6,6 años), en lugar de los cuatro años anteriormente establecidos.


Beneficiarios

Los créditos pueden ser solicitados por el Personal Militar de la Armada, de los Cuerpos Comunes y por el Personal Funcionario y Laboral al servicio de la Armada, que se encuentre en situación de Servicio Activo o de Reserva y que haya abonado anualmente la cuota AEP que se descontaba voluntariamente en la nómina el mes de enero hasta el año 1999 inclusive.

Motivos por los que se puede pedir:


  • Por boda propia, de hijos u otras personas a su cargo, pudiendo solicitarse con una antelación máxima de seis meses.
  • Por gastos derivados de la adquisición de vivienda habitual (dentro de los doce meses siguientes a la firma de la escritura).
  • Por gastos de realización de obras para la supresión de barreras arquitectónicas para personas discapacitadas o con movilidad reducida.
  • Por enfermedad, lesión o malformación, congénita o adquirida, del titular, cónyuge u otras personas a su cargo, quedando excluidas las terapias de carácter estrictamente estético.
  • Por estudios del titular, cónyuge, hijos u otras personas a su cargo, tanto en España como en el extranjero.
  • Por ingreso de hijos en órdenes religiosas.
  • Cuando se den circunstancias excepcionales que causen un importante quebranto a la economía familiar por causas distintas a las anteriores, que deberán ser debidamente fundamentadas, tales como el fallecimiento de un familiar allegado, separación matrimonial del titular y otras que deberán ser aceptadas por la Junta de Acción Social.


Las cuantías máximas que pueden solicitarse son las siguientes tanto para oficiales, suboficiales, funcionarios, marinería, tropa y personal laboral es de 25.000 euros. La web advierte que solo se concederán mayores cuantías en casos muy excepcionales, siempre que entre los créditos no se superen los límites de las cuantías máximas anteriores.


*Sueldos Públicos ha contactado con fuentes de la UMT para conocer el dato exacto o aproximado de la cuota voluntaria que nutría el fondo de ayuda. Estamos a la espera de recibir esa información.


**La Dirección de Asistencia al Personal (DIASPER) es el órgano responsable de la gestión, administración y control en materia de ayudas y prestaciones sociales; y lleva a cabo las actividades orientadas al bienestar del personal de la Armada y sus familias.