Access Info reclama una reforma profunda de la Ley de Transparencia, más personal, tecnología y formación para los funcionarios

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sigue con las manos atadas porque no tiene poder para sancionar a los ministerios que no rinden cuentas

Consulta pública sobre el borrador del Plan Estratégico 2022-2025


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Sin un poder sancionador por parte de los órganos que trabajan por mejorar la transparencia en nuestro país, los ministerios y, en general cualquier institución púbica estatal, autonómica o local, puede hacer lo que le venga en gana: funcionar sin dar explicaciones, abusar del silencio administrativo, no contestar en el plazo exigido, obviar requerimientos, ocultar información y no rendir cuentas a la ciudadanía. En pocas palabras, sin castigo, el ente fiscalizador carece de utilidad.


Pues bien, hace unos días, la organización Access Info Europe, que trabaja para mejorar la calidad democrática de las instituciones públicas y su transparencia, destacó la importancia de que dentro del contenido del borrador del Plan Estratégico 2022-2025 se expresen ampliamente los obstáculos que limitan al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). Hablamos de la falta de capacidad para sancionar el incumplimiento de la Ley de Transparencia, aunado a la falta de recursos humanos, económicos y tecnológicos que progresivamente han ido disminuyendo.


CTBG foto

Foto oficial de los miembros del Consejo de Transparencia.


En sus comentarios entregados en la consulta pública sobre el próximo Plan Estratégico del Consejo de Transparencia, Access Info destaca la necesidad de incluir con mayor profundidad la importancia de una reforma de la Ley de Transparencia que incluya un régimen sancionador.


Según Access Info, un Consejo de Transparencia con poder sancionador ayudaría a combatir la tendencia de los ministerios y otras entidades públicas a no contestar las solicitudes de acceso dentro del plazo de un mes, a aplicar de manera excesiva las excepciones, o, lo más grave, a no cumplir con las resoluciones del Consejo.


En muchos otros países, los órganos independientes de supervisión del derecho fundamental de acceso a la información sí tienen poder sancionador.

“Mientras no existan sanciones por incumplir con las obligaciones de transparencia, muchos organismos públicos continuarán ignorando las resoluciones del Consejo de Transparencia o simplemente abusando del silencio administrativo” comenta Helen Darbishire, directora ejecutiva de Access Info Europe.


En sus comentarios, Access Info también menciona que muchos de los obstáculos del Plan del Consejo han sido demandas de la sociedad civil durante años, con la finalidad de contar con un órgano garante más robusto. Entre las cuales se encuentran:

  • El incremento de recursos humanos del CTBG para que pueda cumplir con sus funciones en los plazos establecidos por la Ley. Esto incluye personal especializado en materia de acceso a la información que contribuya a las funciones del CTBG, así como también en los litigios en los que no pueda hacer uso de la Abogacía del Estado.

  • La dotación de herramientas tecnológicas del CTBG que permitan realizar funciones más estandarizadas de manera más rápida, así como también aquellas que permitan dar mayor visibilidad al trabajo que realiza el CTBG para fomentar una mayor cultura de transparencia.

  • La implantación de un mecanismo de evaluación del cumplimiento de la Ley de Transparencia por parte de los sujetos obligados, permitiendo conocer el grado de cumplimiento, lo que promoverá que las instituciones públicas quieran lograr los más altos estándares de transparencia.

  • La necesidad de fomentar una formación continua de los funcionarios, así como de la ciudadanía, contando con el apoyo de asociaciones de la sociedad civil y universidades y, a su vez, incrementar la cooperación del CTBG con estos actores.


En un comunicado, la Organización recuerda que en el Plan Estratégico se encuentra la siguiente mención “Obviamente, el incumplimiento de las resoluciones del Consejo obedece también a otras causas- como la falta de previsión en la LTAIBG de mecanismos jurídicos que permitieran a la institución intervenir proactivamente en la ejecución de sus resoluciones- que esta Autoridad ha puesto de relieve en numerosas ocasiones y no es el caso de reproducir aquí”. 


Para Acces Info es necesario explicar “cómo un régimen sancionador reduciría en gran medida el incumplimiento de las obligaciones legales y resoluciones del CTBG, pudiendo incluso traducirse en una disminución de los recursos contencioso-administrativos interpuestos por los organismos públicos en contra de las resoluciones del CTBG y, que como muy bien se ha señalado en el Plan Estratégico, ha ido incrementando en los años de vigencia de la ley” . 


El texto recuera que en países con Chile y México sí está funcionando el establecimiento de un régimen sancionador para que los órganos garantes cumplan efectivamente con sus funciones, También a nivel autonómico se está observando que algunas leyes ya están incorporando este tipo de régimen, como el caso del Cantabria, Cataluña, Madrid, Navarra, Principado de Asturias o la futura ley de Castilla y León, entre otros.


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