El informe del Tribunal de Cuentas afirma que las entidades locales que más cumplen son las de Aragón y Comunitat Valenciana

El 55% de los municipios andaluces no presentó su rendición de cuentas de 2016 a tiempo

El Tribunal de Cuentas dejan claro que todavía quedan muchos ayuntamientos con alcaldes y equipos de gobierno que ‘no hacen los deberes' sobre transparencia y rendición de cuentas o los presentan tarde y mal.


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Las conclusiones del “Informe de fiscalización sobre rendición de cuentas de las entidades locales, ejercicio 2016, con especial atención a entidades con incumplimientos reiterados de dicha obligación” de Tribunal de Cuentas dejan claro que todavía quedan muchos ayuntamientos con alcaldes y equipos de gobierno que ‘no hacen los deberes a tiempo’. Incluso hay ‘alumnos’ reincidentes que siguen sin cumplir con sus obligaciones.


En cuanto al censo, sabemos que al finalizar el año 2016, se encontraba integrado por un total de 12.953 entidades locales. De estas, los ayuntamientos constituían el 63% del total (8.123). El 84% de los ayuntamientos tenía una población inferior a 5.001 habitantes y representaba el 12% de la población total; y el 2% de ellos disponía de una población superior a 50.001 habitantes, representando el 52% de la población.


El 61% de las entidades locales rindieron la cuenta del ejercicio 2016 en el plazo legalmente establecido, porcentaje superior en cinco puntos al registrado en la rendición de cuentas del ejercicio 2015. El nivel de rendición de las cuentas del ejercicio 2016 a 31 de diciembre de 2017, es decir, transcurridos dos meses y medio desde la finalización del plazo de rendición, también se incrementó, situándose en una media del 76%, mejorando en tres puntos porcentuales respecto del ejercicio 2015.


Andalucia sueldos publicos

Por comunidades autónomas, el menor grado de rendición a 31 de diciembre de 2017, correspondía a las entidades locales de Andalucía, con un 45% (once puntos por encima del nivel de 2015). Por lo tanto, el 55% sigue sin cumplir con sus obligaciones. La región cuenta con casi 800 municipios. 29 superan los 50.000 habitantes. Por otro lado, el nivel más alto de rendición fue el de la Comunidad Autónoma de Aragón, con un 93%, y el de la Comunitat Valenciana, con un 92%.


En cuanto a la rendición de las Cuentas Generales de las entidades dependientes, los ayuntamientos mayores de 1.000.000 habitantes presentaban los mayores niveles de rendición de sus entidades dependientes y consorcios adscritos (97%) y del 95% en el tramo entre 500.001 y 1.000.000 de habitantes. Los menores niveles se dan en los tramos entre 5.001 y 20.000 habitantes (un 60%) y entre 1.001 y 5.000 habitantes (un 61%).


En relación con las entidades objeto de muestra (56 entidades), y en cuanto a la rendición de las cuentas generales de los ejercicios 2014, 2015 y 2016, había un total de 57 cuentas generales pendientes de rendir a 23 de septiembre de 2018, de las cuales, un 7% correspondían al ejercicio 2014, el 43% al ejercicio 2015 y el 52% al ejercicio 2016.


Incumplimientos

El artículo 36 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible establece que, en el supuesto de que las entidades locales incumplan la obligación de rendir al Tribunal de Cuentas la cuenta general debidamente aprobada, se puede retener el importe de las entregas a cuenta y, en su caso, anticipos y liquidaciones definitivas de la participación en los tributos del Estado que les corresponda, y hasta que se considere cumplida tal obligación. Así, el Tribunal de Cuentas mantiene actualizado al Ministerio de Hacienda sobre los ayuntamientos, diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares que no han cumplido con la obligación de rendir la cuenta general del ejercicio 2016.


Además, el Tribunal de Cuentas emitió requerimientos conminatorios a los alcaldes-presidentes de los 26 ayuntamientos, incluidos en la anterior fiscalización, que persistían en el incumplimiento de la obligación de rendición de cuentas, lo que puede dar lugar a la imposición de multas coercitivas en caso de no ser atendidos.


Por otra parte, los plazos de rendición de las cuentas generales de las entidades locales que establecía en 2016 la legislación de las Comunidades Autónomas de Madrid, Comunitat Valenciana, Andalucía y Castilla y León eran diferentes a los establecidos en la normativa estatal. El órgano público ha puesto de manifiesto que la falta de homogeneidad en los plazos de rendición de las cuentas generales de las entidades locales produce divergencias temporales injustificadas en el cumplimiento de la obligación entre unas y otras entidades locales dentro del territorio nacional, lo que impide ofrecer una visión homogénea de los niveles de rendición en plazo de las entidades locales.


Sistema de Información Contable

El Sistema de Información Contable del 77% de las entidades de la muestra permite la realización del control de legalidad a través de la función interventora, superándose dicho porcentaje en todos los tipos de entidad local y tramos de población, salvo en el de ayuntamientos de municipios de población comprendida entre los 5.001 y 20.000 habitantes, en el que se redujo al 65%.


En cambio, solo permitía realizar actuaciones de control financiero en una media del 41% de las entidades locales de la muestra, motivado fundamentalmente por la falta de medios técnicos o personales. La inexistencia de actuaciones de control financiero supone una debilidad del sistema de control interno y afectan a la evaluación de la gestión de la actividad económico-financiera de la entidad local y, por lo tanto, a la identificación y corrección de las eventuales deficiencias existentes.


De las 55 entidades que no disponían de ningún tipo de regulación propia en materia contable, se disponía de la liquidación de presupuesto de 49 de ellas, que gestionaron en el ejercicio 2016 créditos del presupuesto de gastos, por un importe superior a 1.102 millones de euros, sin instrucción de cierre presupuestario y contable, lo que supone una importante debilidad en el procedimiento de gestión contable y presupuestaria.


Ley de Transparencia

El 77% de las entidades locales de la muestra tenía implementado un portal de transparencia propio, un 5% utilizaba el portal de transparencia de otra entidad (normalmente el de la diputación provincial) y un 13% realizaba la publicidad a través de la página web o sede electrónica. En el restante 5% de entidades no era posible realizar consultas sobre los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria, por estar el portal de transparencia en fase de pruebas, o próximo a su implantación, a la fecha de realización de los trabajos de fiscalización.


Un 46% de las entidades locales de la muestra analizada no había implementado, en el funcionamiento de su organización interna, sistemas para integrar la gestión de solicitudes de acceso a la información pública por parte de los ciudadanos.


Por otra parte, de los 28 ayuntamientos que han sido objeto de seguimiento, en cinco se habían producido cambios en relación con la existencia de canales de publicidad activa para los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria de la entidad local, contando todos ellos con portales de transparencia.


Con el objetivo de contribuir a la mejora de la rendición de las cuentas generales de las entidades locales y de eliminar los obstáculos en las estructuras, organización, gestión y control de aquellas que la dificultan o ralentizan, así como para fortalecer la interiorización de la cultura de la rendición, en el Informe, el Tribunal formula, entre otras, las siguientes recomendaciones:


  • Homogeneizar en la normativa estatal y autonómica de los plazos de rendición de las cuentas de las entidades locales en todo el territorio nacional, así como la reducción del citado plazo límite de rendición.
  • Fortalecer las medidas legislativas encaminadas a fomentar el cumplimiento en plazo del deber de rendición de las cuentas generales por las entidades locales. Es decir, si no se ‘hacen los deberes’, no se conceden ayudas ni subvenciones públicas.
  • Finalmente, se insta a las entidades locales a adoptar las medidas necesarias para que su sistema de información contable les permita efectuar actuaciones de control financiero.



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